Las Reglas para el Otorgamiento de Créditos de Fovissste publicadas en el presente año, definen la modalidad de crédito Tradicional, que puede destinarse a la construcción individual en terreno propio. Estos créditos se habían operado a través de los Departamentos de Vivienda del ISSSTE. Con el propósito de establecer una operación acorde a la sistematización y automatización del Fovissste y teniendo en consideración la experiencia de las entidades financieras en desarrollo de proyectos, capacidad técnica y de administración de recursos, se decidió operar dicha modalidad de crédito a través de éstas, ya que cuentan con la capacidad y cumplen con los requisitos establecidos por el Fovissste, ofreciendo al Fondo y derechohabientes los siguientes servicios:
- Evaluación de la capacidad técnica, de ejecución y financiera de las empresas constructoras.
- Evaluación de la viabilidad de los proyectos para construcción de vivienda (estudio de factibilidad).
- Originación de créditos.
- Supervisión de la correcta aplicación de los recursos.
- Verificación de obra para ministración de recursos FOVISSSTE.
- Entrega de vivienda totalmente terminada y en condiciones de habitabilidad.
En virtud de lo anterior, y con el fin de facilitar el ejercicio de los créditos, Fovissste pone a su disposición el documento "Para la Dictaminación de Proyectos, Originación de Créditos, Supervisión en la Aplicación de Recursos y Verificación de Obra bajo el Esquema de Construcción Individual en Terreno Propio" en la dirección electrónica http://www.fovissste.gob.mx/es/FOVISSSTE/Construccion_Individual_en_Terreno_Propio
Para mayor información puede comunicarse a los correos electrónicos jose.zamora@fovissste.gob.mx, alberto.altamirano@fovissste.gob.mx o al teléfono 5322-0497 ext. 85315, 85330 y 85306


