PENSIONA2 CON SUBSIDIO 2010
A los Pensionados que se les autoriza un crédito
y su pensión mensual es igual o menor a 4.1 salarios mínimos
($7,161.79), son candidatos a un Subsidio que da el Gobierno Federal, por un
monto que complementará la diferencia que haga falta para comprar la vivienda,
apegándose a los rangos de la Tabla de Subsidio.
El Subsidio que da el Gobierno Federal a los
Pensionados se solicita y en su caso se autoriza, después de que la solicitud
del crédito del Pensionado es registrada, autorizada y se tiene seleccionada la
vivienda que desea adquirir.
Características
Ø Aplicará a los Pensionados con pensión igual o menor a 4.1 salarios
mínimos ($7,161.79).
Ø El subsidio se podrá solicitar y aplicar cuando la solicitud se encuentre
autorizada en el Sistema de Originación de Créditos;
los requisitos y el registro de solicitudes es el mismo que para un crédito de
Pensionados.
Ø La disponibilidad de créditos para Pensionados con Subsidio en el 2010,
será compartida con la meta de créditos con subsidio.
Ø El Programa de Pensionados con Subsidio son para créditos que serán
destinados para la adquisición de Vivienda nueva o usada (NO pueden ser
utilizados para construcción de vivienda, redención de pasivos, ampliación,
mejoramiento o reparación).
Ø Estos créditos solo se podrán ejercer de manera individual, es decir, NO
se pueden mancomunar.
Ø Los créditos para Pensionados con Subsidio solo podrán destinarse a
viviendas usadas o nuevas sustentables con un valor máximos de 158 VSSMMVDF
equivalente a $ 275,991.87
Si el valor de la vivienda es superior 158
VSSMMVDF equivalente a $ 275,991.87 no será susceptible de Subsidio y tendrán
que ejercer el crédito Pensionado normal. Es recomendable que consulten las
tablas de valores de vivienda y el subsidio correspondiente en el
apartado “Tabla de Subsidio”
Ø Al igual que para el Pensionado normal, para los Pensionados con Subsidio,
el monto máximo del crédito se determina con base al salario de la pensión y la
edad del pensionado.
Ø El monto máximo del Subsidio se determinará con base al monto máximo de
crédito, el valor de la vivienda y el tipo de ésta (Vivienda Nueva Sustentable
ó Vivienda Usada).
Ø El monto máximo a otorgar, será el monto máximo del crédito más el monto
del Subsidio
Ø El monto de Subsidio es pagado por la CONAVI a la Entidad Financiera para
que ésta a su vez pague de inmediato al vendedor.
Ø El Subsidio Federal no se tiene que pagar.
Ø Las solicitudes se podrán registrar en los Departamentos de Vivienda
quienes una vez registrada la solicitud deberán remitir de inmediato a oficinas
centrales el expediente para su validación y autorización del crédito.
Ø El Pensionado con Subsidio tendrá las mismas vigencias que para el crédito
de Pensionado, es decir, una vez autorizado el crédito, el Pensionado con
Subsidio tendrá 90 días naturales para para
solicitar el Subsidio e iniciar la formalización del crédito, es decir desde su
incorporación al Sistema de Originación hasta que la
Entidad Financiera emita la insturciónal Notario y
éste la acepte a traves de los sisitemas
de Origen - Enlace; una vez cumplido este plazo el crédito se cancelará.
Ø una vez autorizado el crédito como pensionado, tendrá 90 días naturales para
solicitar el Subsidio e iniciar trámites de escrituración, y avanzar
hasta la Fase de Instrucción Notarial; una vez cumplido este plazo, si no llega
a la fase mencionada el crédito se cancelará.
Ø La tasa de interés será del 4% al 6% dependiendo del monto de la pensión.
Ø Para la amortización del crédito se les descontará el 20% de la pensión.
Ø El plazo máximo para la amortización del crédito será de hasta 20 años.
Ø No hay penalización por pago anticipado.
Ø Contará con un seguro de vida financiado mediante una reserva de auto
seguro.
Ø En el programa de Subsidios no se puede incluir como parte del crédito el
50 % de los gastos notariales que le corresponde pagar al derechohabiente,
debido que afecta el Subsidio.
Ø Las políticas para la originación del crédito son
las mismas que para los créditos de Subsidio natural
Requisitos de los créditos para Pensionados con
Subsidio:
Ø Tener la solicitud autorizada como Pensionado.
Ø Tener una pensión igual o menor a 4.1 salarios mínimos ($7,161.79),
Ø Edad del pensionado: de 47 a 74 años.
Ø El acreditado debe ejercer su capacidad Máxima de Crédito.
Ø Para tener derecho a un crédito con subsidio es necesario tener un ahorro
previo equivalente a 5 SMGV ($8,733.90) este ahorro se puede demostrar con un
estado de cuenta ó se puede considerar
Ø Su capacidad máxima de crédito, más el ahorro voluntario, no debe cubrir el
valor de la vivienda que desean adquirir; es decir, si la capacidad máxima de
crédito del acreditado más $8,329.60 es igual o superior al valor de la
vivienda, no puede ser sujeto un Subsidio.
Ø como ahorro previo un anticipo que dé el acreditado al vendedor de la vivienda,
para estos casos, el acreditado debe asesorarse con la Entidad Financiera que
esté originando su crédito.
Ø El crédito se debe destinar a la adquisición de una vivienda ya sea nueva
sustentable o usada.
Ø El solicitante no debe haber sido beneficiario de algún subsidio federal.
Ø El acreditado debe aceptar formar parte del padrón de beneficiarios del
Programa de Subsidio y quedar inscrito en el mismo.
Tabla de
Subsidio
MONTOS MÁXIMOS DE LOS
SUBSIDIOS
Vivienda Nueva Sustentable
|
Valor de la Vivienda
|
Subsidio para adquisición de Vivienda Nueva
Sustentable
|
|
Menor a 128 VSMG $223,587.84
|
Hasta 33 VSMG
HASTA
$ 57,643.74
|
|
Mayor a 128 VSMG
$223,587.84
Hasta 158 VSMG
$275,991.24
|
Hasta 17 VSMG
HASTA
$29,695.26
|
Vivienda Usada
|
Valor de la Vivienda
|
Subsidio para adquisición de Vivienda Usada
|
|
Menor a 128 VSMG $223,587.84
|
Hasta 33 VSMG
HASTA
$ 57,643.74
|
|
Mayor a 128 VSMG
$223,587.84
Hasta 158 VSMG
$275,991.24
|
Hasta 25 VSMG
HASTA
$43,669.50
|
VSMG: Veces Salario Mínimo General
El monto del Subsidio se determinará a través del Sistema de Originación en la Fase “Verificación Final de
Importes”, cuando el pensionado haya cumplido con los requisitos.
Última
Actualización: 4 de Marzo de 2010