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Inicio - Créditos Hipotecarios - Pensionados - Pensionados Subsidio
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PENSIONA2 CON SUBSIDIO 2010

 

A los Pensionados que se les autoriza un crédito y su pensión mensual es igual o menor a 4.1 salarios mínimos ($7,161.79), son candidatos a un Subsidio que da el Gobierno Federal, por un monto que complementará la diferencia que haga falta para comprar la vivienda, apegándose a los rangos de la Tabla de Subsidio.

 

El Subsidio que da el Gobierno Federal a los Pensionados se solicita y en su caso se autoriza, después de que la solicitud del crédito del Pensionado es registrada, autorizada y se tiene seleccionada la vivienda que desea adquirir.

 

Características

 

Ø  Aplicará  a los Pensionados con pensión igual o menor a 4.1 salarios mínimos ($7,161.79).

Ø  El subsidio se podrá solicitar y aplicar cuando la solicitud se encuentre autorizada en el Sistema de Originación de Créditos; los requisitos y el registro de solicitudes es el mismo que para un crédito de Pensionados.

Ø  La disponibilidad de créditos para Pensionados con Subsidio en el 2010, será compartida con la meta de créditos con subsidio.

Ø  El Programa de Pensionados con Subsidio son para créditos que serán destinados para la adquisición de Vivienda nueva o usada (NO pueden ser utilizados para construcción de vivienda, redención de pasivos, ampliación, mejoramiento o reparación).

Ø  Estos créditos solo se podrán ejercer de manera individual, es decir, NO se pueden mancomunar.

Ø  Los créditos para Pensionados con Subsidio solo podrán destinarse a viviendas usadas o nuevas sustentables con un valor máximos de 158 VSSMMVDF equivalente a $ 275,991.87

Si el valor de la vivienda es superior  158 VSSMMVDF equivalente a $ 275,991.87 no será susceptible de Subsidio y tendrán que ejercer el crédito Pensionado normal. Es recomendable que consulten las tablas de valores de vivienda y  el  subsidio correspondiente en el apartado “Tabla de Subsidio”

Ø  Al igual que para el Pensionado normal, para los Pensionados con Subsidio, el monto máximo del crédito se determina con base al salario de la pensión y la edad del pensionado.

Ø  El monto máximo del Subsidio se determinará con base al monto máximo de crédito, el valor de la vivienda y el tipo de ésta (Vivienda Nueva Sustentable ó Vivienda Usada).

Ø  El monto máximo a otorgar, será el monto máximo del crédito más el monto del Subsidio

Ø  El monto de Subsidio es pagado por la CONAVI a la Entidad Financiera para que ésta a su vez pague de inmediato al vendedor.

Ø  El Subsidio Federal no se tiene que pagar.

Ø  Las solicitudes se podrán registrar en los Departamentos de Vivienda quienes una vez registrada la solicitud deberán remitir de inmediato a oficinas centrales el expediente para su validación y autorización del crédito.

Ø  El Pensionado con Subsidio tendrá las mismas vigencias que para el crédito de Pensionado, es decir, una vez autorizado el crédito, el Pensionado con Subsidio tendrá 90 días naturales para para solicitar el Subsidio e iniciar la formalización del crédito, es decir desde su incorporación al Sistema de Originación hasta que la Entidad Financiera emita la insturciónal Notario y éste la acepte a traves de los sisitemas de Origen - Enlace; una vez cumplido este plazo el crédito  se cancelará.

Ø  una vez autorizado el crédito como pensionado, tendrá 90 días naturales para solicitar el Subsidio e  iniciar trámites de escrituración, y avanzar hasta la Fase de Instrucción Notarial; una vez cumplido este plazo, si no llega a la fase mencionada el crédito  se cancelará.

Ø  La tasa de interés será del 4% al 6% dependiendo del monto de la pensión.

Ø  Para la amortización del crédito se les descontará el 20% de la pensión.

Ø  El plazo máximo para la amortización del crédito será de hasta 20 años.

Ø  No hay penalización por pago anticipado.

Ø  Contará con un seguro de vida financiado mediante una reserva de auto seguro.

Ø  En el programa de Subsidios no se puede incluir como parte del crédito el 50 % de los gastos notariales que le corresponde pagar al derechohabiente, debido que afecta el Subsidio.

Ø  Las políticas para la originación del crédito son las mismas que para los créditos de Subsidio natural

 

Requisitos de los créditos  para Pensionados con Subsidio:

 

Ø  Tener la solicitud autorizada como Pensionado.

Ø  Tener una pensión igual o menor a 4.1 salarios mínimos ($7,161.79),

Ø  Edad del pensionado: de 47 a 74 años.

Ø  El acreditado debe ejercer su capacidad Máxima de Crédito.

Ø  Para tener derecho a un crédito con subsidio es necesario tener un ahorro previo equivalente a 5 SMGV ($8,733.90) este ahorro se puede demostrar con un estado de cuenta ó se puede considerar

Ø  Su capacidad máxima de crédito, más el ahorro voluntario, no debe cubrir el valor de la vivienda que desean adquirir; es decir, si la capacidad máxima de crédito del acreditado más $8,329.60 es igual o superior al valor de la vivienda, no puede ser sujeto un Subsidio.

Ø  como ahorro previo un anticipo que dé el acreditado al vendedor de la vivienda, para estos casos, el acreditado debe asesorarse con la Entidad Financiera que esté originando su crédito.

Ø  El crédito se debe destinar a la adquisición de una vivienda ya sea nueva sustentable o usada.

Ø  El solicitante no debe haber sido beneficiario de algún subsidio federal.

Ø  El acreditado debe aceptar formar parte del padrón de beneficiarios del Programa de Subsidio y quedar inscrito en el mismo.

 

Tabla de Subsidio

 

MONTOS MÁXIMOS DE LOS SUBSIDIOS

 

Vivienda Nueva Sustentable

Valor de la Vivienda

Subsidio para adquisición de Vivienda Nueva Sustentable

Menor  a 128 VSMG $223,587.84

Hasta 33 VSMG

HASTA

$ 57,643.74

Mayor a 128 VSMG

$223,587.84

Hasta 158 VSMG

$275,991.24

Hasta 17 VSMG

HASTA

$29,695.26

 

Vivienda Usada

Valor de la Vivienda

Subsidio para adquisición de Vivienda Usada

Menor  a 128 VSMG $223,587.84

Hasta 33 VSMG

HASTA

$ 57,643.74

Mayor a 128 VSMG

$223,587.84

Hasta 158 VSMG

$275,991.24

Hasta 25 VSMG

HASTA

$43,669.50

VSMG: Veces Salario Mínimo General

 

El monto del Subsidio se determinará a través del Sistema de Originación en la Fase “Verificación Final de Importes”, cuando el pensionado haya cumplido con los requisitos.

 

Última Actualización: 4 de Marzo de 2010

 

 
 
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Juan Carlos Vera Gutiérrez
Jefe de Departamento Zona III,
Subdirección de Crédito

Tel.5322 – 0497 Ext. 85163

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